Se publicitan como de temporada pese a que estarían permitiendo reservas por menos de 31 días, que es la duración mínima que establece la ley para este tipo de contratos.
Consumo exige a dos plataformas la retirada de 8.300 anuncios de alojamientos turísticos que se ofertan como alquileres de temporada

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha instado a dos plataformas que publicitan viviendas de uso turístico a que retiren 8.318 anuncios de alojamientos turísticos que se ofertan como alquiler de temporada porque estarían incumpliendo la Ley de Arrendamientos Urbanos, modificada recientemente por el Real Decreto-ley 29/2026 aprobado el pasado 6 de octubre en Consejo de Ministros.
La Dirección General de Consumo señala que estos más de 8.300 anuncios serían ilícitos al publicitar viviendas turísticas como alojamientos de temporada para las que se permiten reservas por menos de 31 días, que es la duración mínima para este tipo de contratos que establece la ley tras la reciente modificación.
Una potencial infracción que se ha detectado especialmente en la Comunidad de Madrid, ya que la mayoría de estos anuncios que estarían incumpliendo la ley, 6.772 en total, corresponden a alojamientos situados en esta autonomía. De esos 6.772, 6.523 están en la ciudad de Madrid.
Esta actuación tiene lugar después de que el Consejo de Ministros volviese a aprobar en la primera semana de octubre una norma específica para evitar estas actuaciones, el mencionado Real Decreto-ley 29/2026, que supone, entre otras regulaciones, limitar la oferta de alquileres de temporada a 31 días.
La Dirección General de Consumo considera que estos anuncios podrían suponer una práctica de comunicación desleal por engañosa y, por tanto, una infracción del artículo 47 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Por ello, la Dirección General de Consumo ha requerido la retirada de estos anuncios a ambas plataformas a través de los mecanismos de notificación previstos en el Reglamento de Servicios Digitales.
Una vez informadas, estas plataformas pasarían a tener responsabilidad directa sobre los potenciales ilícitos comunicados según establece la normativa europea. Y en caso de no retirar estos anuncios o bloquear su acceso, podrían enfrentarse a la apertura de un expediente sancionador por parte de Consumo.





